Pensión por Fallecimiento en Convenio Internacional

Cuando el titular de la jubilación fallece, el cónyuge tiene derecho a percibir, en Italia, el 60% del importe que percibía el causante. En este caso, también cada país (Argentina e Italia) abona su parte.

Documentación requerida:

  • Acta de matrimonio (2 fotocopias)
  • Acta de defunción (2 fotocopias)
  • Acta de nacimiento del/de la solicitante (2 fotocopias)
  • Documento de identidad en vigencia del/de la solicitante -o sea, DNI con menos de 10 años desde su emisión- (4 fotocopias)
  • Cedula de identidad del/de la fallecido/a (2 fotocopias)
  • Último recibo de cobro de la jubilación argentina del/de la causante (2 fotocopias)
  • Último recibo de cobro de la jubilación italiana del/de la fallecido/a (2 fotocopias)
  • Resolución de Anses de la pensión argentina (3 fotocopias)
  • CODICE FISCALE, emitido por el Consulado competente, del/de la solicitante y del/de la causante (2 fotocopias)

Si el sobreviviente posee otro beneficio previsional argentino, esto es pensión o jubilación propia, debe traer también los recibos correspondientes a enero o febrero del año en curso.