Cuando el titular de la jubilación fallece, el cónyuge tiene derecho a percibir, en Italia, el 60% del importe que percibía el causante. En este caso, también cada país (Argentina e Italia) abona su parte.
Documentación requerida:
- Acta de matrimonio (2 fotocopias)
- Acta de defunción (2 fotocopias)
- Acta de nacimiento del/de la solicitante (2 fotocopias)
- Documento de identidad en vigencia del/de la solicitante -o sea, DNI con menos de 10 años desde su emisión- (4 fotocopias)
- Cedula de identidad del/de la fallecido/a (2 fotocopias)
- Último recibo de cobro de la jubilación argentina del/de la causante (2 fotocopias)
- Último recibo de cobro de la jubilación italiana del/de la fallecido/a (2 fotocopias)
- Resolución de Anses de la pensión argentina (3 fotocopias)
- CODICE FISCALE, emitido por el Consulado competente, del/de la solicitante y del/de la causante (2 fotocopias)
Si el sobreviviente posee otro beneficio previsional argentino, esto es pensión o jubilación propia, debe traer también los recibos correspondientes a enero o febrero del año en curso.